La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de Perú incorporó cinco seguros agropecuarios al régimen simplificado de conocimiento del cliente. La medida busca facilitar los procesos de identificación aplicados a productos que presentan una exposición reducida al lavado de activos y al financiamiento del terrorismo.
La disposición fue aprobada mediante la Resolución SBS N.° 2580-2026 y comprende cuatro seguros agrícolas y uno pecuario. Todos reciben subvenciones del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario, administrado por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
Aunque el encabezado original menciona 17 tipos de seguros, la resolución no agrega esa cantidad de productos. El régimen simplificado ya incluía diferentes coberturas y la modificación actual solamente incorpora cinco relacionadas con las actividades agrícolas y ganaderas.
¿Qué seguros fueron incorporados por la SBS?
La lista incluye el seguro agrícola catastrófico, el seguro agrícola de rendimiento, el seguro de plantaciones, el seguro agrícola de daño directo y el seguro pecuario. Estas coberturas atienden pérdidas relacionadas con cultivos, producción, plantaciones y actividades ganaderas.
El seguro agrícola catastrófico ofrece protección ante fenómenos que afectan extensas zonas productivas. Las demás pólizas responden a riesgos más específicos, como daños directos, disminución del rendimiento o contingencias que comprometan la salud y el valor de los animales.
La medida puede reducir la cantidad de información solicitada durante la contratación. Sin embargo, no elimina la obligación de identificar al cliente ni permite que las aseguradoras abandonen sus procedimientos de supervisión.
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Los controles continuarán cuando existan alertas
Las compañías deberán mantener mecanismos de identificación y monitoreo. Cuando detecten pagos inusuales, información que no corresponda con el perfil del contratante o alguna señal de mayor riesgo, tendrán que aplicar controles generales o reforzados.
La SBS considera que estas pólizas presentan menor exposición porque no funcionan como productos de ahorro o inversión y cuentan con restricciones para recuperar o transferir fondos. Estas características dificultan su uso para incorporar recursos de procedencia ilícita al sistema financiero.